Publicado: 4 de Noviembre de 2021

COVID-19. CONSEJERÍA DE SANIDAD: Medidas salud pública contención y prevención.

Fuente: BOCM

El BOCM de hoy publica la Orden 1244/2021, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria.

Según se expone en la introducción, resulta conveniente aprobar una nueva Orden, en sustitución de la Orden 572/2021, de 7 de mayo, en la que se establezcan, con carácter general, las medidas preventivas aplicables en nuestra región para hacer frente al SARS-CoV-2, sin perjuicio de la adopción de medidas específicas adicionales para determinados ámbitos si la evolución de la crisis así lo requiriera.

- Octavo. Uso obligatorio de mascarillas.

1. Todas las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:

. a) En cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad.

...

2. La obligación de uso de mascarilla no será exigible en los siguientes casos:

. e) En los centros de trabajo cuando los trabajadores permanezcan sentados en su puesto de trabajo siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros con otros trabajadores y/o usuarios de las instalaciones.

. f) Durante las intervenciones de las partes en toda clase de procesos judiciales siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros con otras personas o, en su defecto, se disponga de mamparas separadoras de protección.

- Sexagésimo. Celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias, eventos y actos similares. Celebración de juntas de comunidades de propietarios.

- La presente Orden producirá efectos desde las 00:00 horas del día 4 de octubre de 2021 y mantendrá su vigencia hasta que el Gobierno de España declare la finalización de la situación de crisis sanitaria.